lunes, 14 de marzo de 2016

Iusnaturalismo & Iuspositivismo


Bajo el término "iusnaturalista" se agrupa a un conjunto de teorías sobre el Derecho y la Justicia que difieren en métodos y formas de fundamentación, pero que coinciden en sostener que existen ciertos mandatos o principios que por definición pertenecen al Derecho, de modo que si el derecho positivo no los consagra y sanciona no es verdadero derecho. Dicho de otro modo, las teorías iusnaturalistas o "jusnaturalistas" mantienen que la legitimidad de las leyes positivas, que son el conjunto de normas efectivamente vigentes en un Estado, dependen en último término de su concordancia con el Derecho Natural. Para el Iusnaturalismo, la validez de la ley depende también de su Justicia (o corrección material) y por eso la tesis principal del Iusnaturalismo se puede resumir en la expresión: "la ley injusta no es verdadera ley".

Una consecuencia que habitualmente se extrae de algunas posiciones iusnaturalistas, particularmente la tomista y la lockeana, es la siguiente: "sería legítimo resistirse a la autoridad cuando se intenta imponer el cumplimiento de una ley que no es compatible con la ley natural".

Por el contrario, el Iuspositivismo o positivismo jurídico afirma que una ley debe ser cumplida, independientemente de que la misma sea justa o injusta, (es por ello que dichos principios no serían exigibles en el ordenamiento jurídico positivo).